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En algunos comentarios al post de jdelacueva señalan (y creo que estoy de acuerdo con el razonamiento) que si bien no es penable la pura descarga de archivos, sí podría serlo compartirlos, puesto que estás difundiéndolo a un colectivo (eso sí, sin ánimo de lucro), así que el P2P seguiría estando en vilo.
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Heimy, un martillo puede usarse como arma pero el martillo en sí mismo no está prohibido.
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Oh, no. Eliminar las redes P2P me parece una tontería. Pero creía que estábamos hablando del acto de bajarse un MP3 :-), o más explícitamente, compartir un MP3 (o cualquier otro formato que codifique sonido o vídeo).
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El artículo no me ha dejado claro si todo eso se aplica con el nuevo código penal, o con el anterior.
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Ah se me olvidaba, la ley de propiedad intelectual también está reformándose (o eso querían), y los cambios incluirían la pérdida del derecho de hacer una copia de un ejemplar original (aunque seas el legítimo dueño).
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